miércoles, 22 de agosto de 2007

DECLARACIÓN DEL PLENARIO DE SECRETARIOS GENERALES.

DECLARACIÓN DEL PLENARIO DE SECRETARIOS GENERALES.

UNA VEZ MÁS, LA JUSTICIA LE DA LA ESPALDA A LOS TRABAJADORES.

Ante el fallo de la Jueza de Primera Instancia del Trabajo nª 3 de Paraná, Dra. María Gabriela López Arango, que mandata el levantamiento de la medida de paro por 48 hs previsto por la ASOCIACIÓN GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE RÍOS para los días 22 y 23 de agosto este plenario declara:

1- La responsabilidad indelegable del Estado provincial de garantizar el ejercicio pleno del derecho social de la educación en condiciones dignas e igualitarias, cuestión que fue reconocida en el Fallo pero sin embargo, no se condenó al Estado al cumplimiento de ninguna de sus obligaciones incumplidas.
2- Este fallo judicial no resuelve en lo más mínimo el conflicto educativo en la provincia de Entre Ríos, muy por el contrario, lo agrava en cuanto no tiene como destinatario a los verdaderos responsables de la ausencia de una política educativa y de la inversión necesaria que permita dar una salida a la crisis de la escuela Pública entrerriana. Por el contrario golpea a los trabajadores en su legítimo derecho constitucional a la huelga intentando cercenar una de las expresiones de lucha más cara a los sentimientos del movimiento obrero organizado. Para los trabajadores de la educación no hay colisión entre el derecho a la educación de nuestros niños y el derecho a la huelga de los trabajadores, ambos deben ser garantizados por el Estado.
3- Ante el incumplimiento estatal, los trabajadores de la educación nos vemos obligados a impulsar acciones en defensa de la Escuela Pública que integralmente reclame mejoras de nuestras condiciones laborales y salariales, condiciones edilicias dignas de enseñanza y aprendizaje, los dos ejes más sensibles que hoy tiene el conflicto educativo..
4- Por que somos respetuosos del Estado de derecho, porque nos costó muchos años de lucha y compañeros muertos restaurar la democracia en nuestro país y por que seguiremos luchando por una institución judicial justa, soberana e independiente.
5- Convocar al Congreso Extraordinario para el día jueves 23 para resolver las acciones que le den continuidad a la lucha que dignamente llevamos a cabo el colectivo de la docencia entrerriana.
6- No será con fallos judiciales que frenarán la decisión y el compromiso de los docentes a continuar con las demandas que consideramos justas y legítimas sino con respuestas de mayor inversión educativa que dignifique salarialmente a los trabajadores de la educación y mejore las condiciones de infraestructura , higiene y seguridad de nuestras escuelas.
7- Este fallo judicial se suma a un escenario configurado por el gobierno provincial de amenazas, aprietes, descuentos, castigos, que no se merecen quienes han sostenido durante años con sus esfuerzo la educación entrerriana.
8- A los efectos de cumplimentar los recaudos legales por parte de nuestra organización ( Art. 17 Estatuto de Asoc. Gremial del Magisterio de Entre Ríos ) ...." las resoluciones del Congreso son inapelables , constituyen un mandato para el resto de las autoridades y los afiliados y solo serán revocables por la autoridad judicial en los casos previstos por la Ley " se hace saber el contenido del Mandamiento recibido por nuestro Secretario General, que expresa:
“El SR. Oficial de Justicia que la Oficina Central de Notificaciones designe, se constituirá en el domicilio de la ASOCIACIÓN GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE sita en calle RIVADAVIA Nº 114 de esta ciudad, y le requerirá en la persona de su SECRETARIO GENERAL para que cumplimente el presente mandato judicial consistente en el levantamiento de las medidas de fuerza previstas para los días 22 y 23 de agosto del cte. año...FDO. MARIA GABRIELA LÓPEZ ARANGO. JUEZA”. Contra este Fallo se ha presentado en el día de la fecha recurso de apelación.
Plenario de Secretarios Generales

DECLARACIÓN DEL PLENARIO DE SECRETARIOS GENERALES

DECLARACIÓN DEL PLENARIO DE SECRETARIOS GENERALES.

UNA VEZ MÁS, LA JUSTICIA LE DA LA ESPALDA A LOS TRABAJADORES.

Ante el fallo de la Jueza de Primera Instancia del Trabajo nª 3 de Paraná, Dra. María Gabriela López Arango, que mandata el levantamiento de la medida de paro por 48 hs previsto por la ASOCIACIÓN GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE RÍOS para los días 22 y 23 de agosto este plenario declara:

1- La responsabilidad indelegable del Estado provincial de garantizar el ejercicio pleno del derecho social de la educación en condiciones dignas e igualitarias, cuestión que fue reconocida en el Fallo pero sin embargo, no se condenó al Estado al cumplimiento de ninguna de sus obligaciones incumplidas.
2- Este fallo judicial no resuelve en lo más mínimo el conflicto educativo en la provincia de Entre Ríos, muy por el contrario, lo agrava en cuanto no tiene como destinatario a los verdaderos responsables de la ausencia de una política educativa y de la inversión necesaria que permita dar una salida a la crisis de la escuela Pública entrerriana. Por el contrario golpea a los trabajadores en su legítimo derecho constitucional a la huelga intentando cercenar una de las expresiones de lucha más cara a los sentimientos del movimiento obrero organizado. Para los trabajadores de la educación no hay colisión entre el derecho a la educación de nuestros niños y el derecho a la huelga de los trabajadores, ambos deben ser garantizados por el Estado.
3- Ante el incumplimiento estatal, los trabajadores de la educación nos vemos obligados a impulsar acciones en defensa de la Escuela Pública que integralmente reclame mejoras de nuestras condiciones laborales y salariales, condiciones edilicias dignas de enseñanza y aprendizaje, los dos ejes más sensibles que hoy tiene el conflicto educativo..
4- Por que somos respetuosos del Estado de derecho, porque nos costó muchos años de lucha y compañeros muertos restaurar la democracia en nuestro país y por que seguiremos luchando por una institución judicial justa, soberana e independiente.
5- Convocar al Congreso Extraordinario para el día jueves 23 para resolver las acciones que le den continuidad a la lucha que dignamente llevamos a cabo el colectivo de la docencia entrerriana.
6- No será con fallos judiciales que frenarán la decisión y el compromiso de los docentes a continuar con las demandas que consideramos justas y legítimas sino con respuestas de mayor inversión educativa que dignifique salarialmente a los trabajadores de la educación y mejore las condiciones de infraestructura , higiene y seguridad de nuestras escuelas.
7- Este fallo judicial se suma a un escenario configurado por el gobierno provincial de amenazas, aprietes, descuentos, castigos, que no se merecen quienes han sostenido durante años con sus esfuerzo la educación entrerriana.
8- A los efectos de cumplimentar los recaudos legales por parte de nuestra organización ( Art. 17 Estatuto de Asoc. Gremial del Magisterio de Entre Ríos ) ...." las resoluciones del Congreso son inapelables , constituyen un mandato para el resto de las autoridades y los afiliados y solo serán revocables por la autoridad judicial en los casos previstos por la Ley " se hace saber el contenido del Mandamiento recibido por nuestro Secretario General, que expresa:
“El SR. Oficial de Justicia que la Oficina Central de Notificaciones designe, se constituirá en el domicilio de la ASOCIACIÓN GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE sita en calle RIVADAVIA Nº 114 de esta ciudad, y le requerirá en la persona de su SECRETARIO GENERAL para que cumplimente el presente mandato judicial consistente en el levantamiento de las medidas de fuerza previstas para los días 22 y 23 de agosto del cte. año...FDO. MARIA GABRIELA LÓPEZ ARANGO. JUEZA”. Contra este Fallo se ha presentado en el día de la fecha recurso de apelación.
Plenario de Secretarios Generales